Campaña de la RENTA 2014
La campaña de la RENTA 2014 se inicia hoy y durará hasta el próximo 30 de junio.
Están obligados a tributar todos los contribuyentes residentes en España salvo los que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de:
- Rendimientos del Trabajo iguales o inferiores a los 22.000€
- Rendimientos del Capital Mobiliario o ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta con un límite de 1.600€
- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con límite conjunto de 1.000 euros anuales
Primero en internet, los contribuyentes pueden solicitar el borrador a través del sistema RENo pinchando en el enlace correspondiente. Se le pedirá un número de teléfono móvil al que se enviará un código con el que podrá descargar el borrador, revisarlo y, en su caso, confirmarlo. Para ello, tendrá que disponer de certificado electrónico o DNIe, clave pin u otro sistema previsto para su identificación.
A partir del 6 de mayo se podrá acceder al sistema de cita previa para solicitar los borradores de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria en España. Las citas se establecerán a partir del 11 de mayo.
En Bizkaia, están llegando a los domicilios de los contribuyentes los sobres con la propuesta de liquidación emitida por la Diputación Foral. Si quieres sabe si le va a llegar esta propuesta a su domicilio, puede utilizar este enlace.
Es muy importante revisar los datos que aparecen en el borrador. Ese borrador (como su propio nombre indica) es un borrador; sus datos pueden ser ciertos, contener fallos o faltas (no hay dato) o, incluso, tener errores. El caso es que, una vez confirmado, esos datos pasan a ser declarados «ciertos» por el contribuyente; eximiendo a la Administraciones de toda responsabilidad. Con lo que si la variación en el resultado hubiera sido a favor del contribuyente, este pierde la posibilidad de declararlo; o si es en contra, la Agencia podrá reclamarlos.
Estos borradores están elaborados con información aportada por terceros; normalmente, ingresos a cuenta por parte de retenedores: pagadores de rentas, de salarios, intereses bancarios, etc. Pero los cambios en el estado civil de los contribuyentes, nacimientos o defunciones producidas en el mismo año fiscal (2014) pueden no estar recogidos; con lo que las cantidades a pagar o a devolver pueden variar.
Tabién se detectan muchos fallos por las devoluciones vinculadas a las deducciones de maternidad, cuotas sinidcales o de colegios profesionales o la tributación de la vivienda; sobre todo si esta fue adquirida antes de 2006. Tambien pueden desaparecer parte de las deducciones autonómicas a las que los contribuyentes puedan tener derecho; sobre todo si estas han sido aprobadas en el mismo año fiscal que el que se declara.
Para corregir o anular la propuesta de liquidación dispone hasta el 28 de abril; en los teléfonos que se pueden ver en la página de Rentanet Etxean. Esos errores, en el caso de la AEAT, se pueden corregir en la misma plataforma desde la que se descarga el borrador.
Es preciso recordar, de la misma manera, que las novedades de la última reforma fiscal, en vigor desde el 1 de enero de este año, no se reflejarán en las Declaraciones hasta el año que viene, declaración de la renta 2015.