¿Trabajas desde casa? Entérate de qué gastos de la vivienda puedes desgravar como autónomo
La cuenta es bastante simple. Si tu vivienda tiene 100m2 en catastro y dices en el Modelo 036 que vas a utilizar una habitación de 10m2 para tu trabajo, podrás desgravar el 10% de las facturas de agua, de luz, de gas, de calefacción… en tus declaraciones de IVA, de IRPF o de Impuesto de Sociedades.
Sin embargo, es poco común que el sobrecoste en el recibo de la luz, por ejemplo, sea igual al porcentaje de superficie «ocupada» por tu actividad profesional.
Es importante, si vas a darte de alta como autónomo, que tengas en cuenta todo esto en relación con los gastos que te va a reportar realizar tu actividad desde tu propia vivienda.
Para empezar, hay que distinguir dos temas:
- Si tu vivienda es en propiedad: podrás desgravarte el porcentaje correspondiente a los gastos de comunidad (incluyendo derramas), IBI y otras tasas municipales como basuras o agua; seguros e, incluso, los correspondientes a los intereses de un préstamo hipotecario o la amortización fiscal de la vivienda; exactamente igual que si se tratase de un local distinto a donde vives.
- Si vives en un inmueble alquilado: sólo podrás desgravarte el porcentaje de la cantidad que pagas de alquiler; así que solamente podrás desgravar esos gastos de comunidad, IBI y otras tasas; o seguros cuando estén incluidos en esa renta del alquiler.
Por otro lado, es importante recordar que puedes desgravar el 100% de los gastos que sean imprescindibles para el desarrollo de tu trabajo; así que conviene valorar:
- Gastos de telefonía: Y en general, todos aquellos en los que se puedan separar fácilmente los servicios domésticos de los profesionales: abastecimientos, mobiliario, cuotas de servicios, etc. Tu contrato de telefonía móvil deberá ser un contrato «profesional»; así como el contrato de telefonía fija que incluya servicios como ADSL. Es importante separar ambos consumos, sobre todo, justificando el consumo que existe en la vivienda como tal
- Gastos de Electricidad: y, en general, todo lo que tenga un contador único a la entrada de la vivienda: gas, agua, etc. En esos caso, deberás calcular el sobrecoste que suponga el hecho de trabajar desde casa y tenerlo en cuenta a la hora de especificar esos metros cuadrados que vas a ocupar. Para todo esto, lo mejor sería tener dos contadores; cosa inviable en casos como el de la calefacción
- Gastos de reparaciones y obras: Podrás desgravar el 100% de las cantidades pagadas por las obras necesarias para poder desempeñar tu actividad en esa vivienda; pero deberá estar muy bien justificada esa necesidad
Lo que hay que entender es que no importa qué porcentaje de gastos de la vivienda se lleva la actividad profesional, sino poder demostrarlo ante Hacienda. En ese sentido, sería una buena medida contar con las faturas de consumo de los meses anteriores para poder compararlas con las que lleguen a partir de ahora.
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