Tu tejado… ya no es tuyo
A partir de ahora, las Compañías de Telecomunicaciones «sólo» tendrán que solicitar del Ministerio de Industria la autorización para colocar antenas; instaurando, de facto, la expropiación forzada y sin contraprestación de ningún tipo para cualquier tipo de elemento común sobre el gálibo del tejado que precise.
Ese tejado quedará, de esta manera, afectado por una «servidumbre especial» de paso o tránsito de datos, que la empresa instaladora podría, incluso, registrar a su nombre en el Registro de la Propiedad.
Hasta ahora, las Operadoras tenían que contar con la aprobación de la Comunidad de Propietarios del inmueble y solicitar licencia municipal de obras visto el proyecto técnico firmado por técnicos competentes; que deberían ser un ingeniero de telecomunicaciones (por un lado) y una arquitecto o aparejador (por el otro) para la obra física que tal instalación supone.
Las Operadoras podrán instalar las antenas en cualquier lugar sin necesidad de estudio previo ni constructivo, ni urbanístico ni medioambiental.
La normativa municipal o autonómica existente en cuanto a la protección radioeléctrica de zonas sensibles (hospitales, colegios, residencias de la 3ª edad…) queda «derogada».
Pero el disparate no se queda ahí. Existen multitud de inmuebles construidos antes de la entrada en vigor del vigente Código Técnico, en el que el acceso a los planos de cubierta sólo puede hacerse a través de viviendas. La Ley establece, además de la Servidumbre de Paso en el tejado, la obligación a los particulares de garantizar el acceso a la cubierta para todas las tareas de mantenimiento o revisiones que haga falta. Si los propietarios de las viviendas se negaran, los operarios podrán solicitar una Orden Judicial para que les permitan el paso y lo podrían hacer «escoltados» o por medios de fuerza.