Cuidado con los Falsos Autónomos
Hoy en día, numerosas empresas optan por la vía de la contratación mercantil de autónomos.
Esta externalización de servicios es perfectamente legal y el autónomo en cuestión pasa a ser autónomo dependiente.
No debemos confundir esa situación con lo que estamos hablando ahora. El «falso autónomo» es un trabajador de la empresa que debería estar vinculado a la misma con contrato laboral.
El caso es que existen muchos casos en los que se podría demostrar, además de una relación de dependencia directa, una ordenación del trabajo por cuenta ajena.
Ese es el caso de varias sentencia dictadas por los distintos Juzgados de lo Social; obligando a las empresas a la readmisión de empleados por incumplimiento de contrato (en este caso, «mercantil») o al cálculo de indemnizaciones por despido improcedente si el juez dictamina que existe relación laboral por cuenta ajena durante el período de contrato como autónomo; sea este dado de alta en el registro de autónomos dependientes o no.
Simultáneamente, la Tesorería General de la Seguridad Social levantará acta de las cuotas sociales de ese trabajador y liquidará las cotizaciones correspondientes en el Régimen General; independientemente de las efectuadas por el trabajador en el Régimen de Autónomos.
Si bien el sistema de externalización puede resultar beneficioso para la empresa (y para el trabajador) hay que utilizarlo con sumo cuidado. Evidentemente, los costes laborales para la empresa son menores para el mismo líquido percibido por el trabajador; pero puede ser un arma de doble filo para los intereses de la misma.
Lo cierto es que un trabajador que tenga un sueldo bruto de 18.000€ al año supone un coste para la empresa de 24.230€; aproximadamente un 34,61% más. Por su lado, el trabajador, una vez descontada su parte en las cotizaciones sociales y los variables en retención a cuenta del IRPF o IT/IMS, percibiría alrededor de 15.230€; aproximadamente un 15,40% menos.
El problema (uno de los problemas) es que esta diferencia de unos 9.000€/año (para un salario bruto de 1.500€/mes) pasa desapercibida para la mayoría de los trabajadores.