El Supremo anula cláusulas para la no percepción de la «retribución variable» por discriminatorias

Muchas veces, la falta de reconocimiento o de significación del trabajo de un empleado puede ser causa de desmotivación. Aplicar la política del «café para todos» y repartir beneficios o mejoras de manera indiscriminada o «su propio» no saber para qué se realiza un trabajo ni qué beneficio aporta a la empresa; puede hacer que los trabajadores más productivos sientan que su esfuerzo, en realidad, no sirve para nada.

Para incluir esa variable de la «motivación» en los cotratos, se recurre a la retribución variable. Esto es complementar económicamente el sueldo «fijo» de acuerdo con una serie de factores económicos de la empresa o del rendimiento del trabajo del trabajador:

  • El pago de primas
  • Incentivos, normalmente basados en las ventas conseguidas
  • Bonos, que son parecidos a los anteriores pero con un punto de vista más subjetivo de acuerdo con la productividad del puesto y no con los resultados en caja
  • Gratificaciones

Pero junto a esto, existe en el contrato una contraparte que especifica períodos de baja en los que las «variables» no se pueden percibir; precisamente para evitar ese «café para todos». Es normal que a partir de 30 días de bajas justificadas o de permisos retribuidos se «ajuste» ese bonus.

Recientemente, el Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia de la Audiencia Nacional en la que anula una de estas cláusulas: la referida a una baja por maternidad de 6 semanas; y lo ha hecho por ser este un período de descanso «obligatorio» para la trabajadora.

En la diana están ahora el resto de cláusulas que puedan referirse a accidentes laborales, incapacidades transitorias o motivos de baja cuyas causas no puedan achacarse al trabajador; al menos en esas mismas condiciones anteriores.

Atiende el tribunal al hecho de que tal cláusula sería discriminatoria por razones de sexo: por la obligatoriedad del período y del descanso forzoso. La empresa indica que su sistema de complementos es una mejora salarial que busca aumentar la productividad en el puesto de trabajo.

¿Es posible que sus compañeros puedan sentirse discriminados por el hecho de que esta trabajadora disfrute de sus complementos durante su baja por maternidad?

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