Reduciendo gastos: ¿Qué pasa si no hay dinero para pagar las nóminas de los socios?

Esta situación suele darse en empresas nuevas o en cualquiera que esté atravesando problemas de liquidez; problemas que, por desgracia, son muy frecuentes últimamente.

En ambos casos es corriente decidir suspender la remuneración de los socios; pero ¿es una buena idea?

Como primera idea, tenemos que tener claro que si se producen unos ingresos es porque alguien está haciendo un trabajo que se «vende». Desde el punto de vista fiscal, es muy extraña esa idea de «trabajar sin cobrar».

Para la Agencia Tributaria, siempre que existan unos ingresos deberán existir unos gastos correlativos a esos ingresos; aunque sean los propios de la seguridad social.

Por otro lado, desde el punto de vista de la legislación laboral, si un trabajador firma un contrato con una sociedad de capital, ese contrato genera un derecho de cobro independiente de si la sociedad puede pagarle o no.

Hay que recordar que las sociedades mercantiles tienen personalidad jurídica propia. No son parte del patrimonio de los socios.

Aplicando todo esto, podemos dar una serie de consejos:

  • Si se prevé que no se van a poder pagar nóminas a los socios, lo mejor es acudir a otro tipo de formas societarias que pueden ser menos beneficiosas fiscalmente pero sirven para sacar adelante los proyectos, como pueden ser las Sociedades Civiles o las Comunidades de Bienes de autónomos
  • Si se hace lo anterior, evitar, en lo posible, cargar los gastos sociales a la entidad y pagar cada socio sus gastos
  • Si no se hace, siempre es mejor reducir el importe de esa «nómina»; acudiendo a nuevas formas de contrato a tiempo parcial
  • Otra manera sería establecer las relaciones laborales entre los socios y sus «sociedades» a través de contratos mercantiles; lo que ofrece más flexibilidad en cuanto a los pagos

Es importante recordar que la realación entre un socio y su sociedad se tratará siempre como si de una relación con un tercero se tratase. Un poco más relajada, si se quiere; porque se entiende que no va a haber denuncias o enfrentamientos… pero desde el punto de vista legal y fiscal responde exactamente igual.

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