El Principado de Asturias sanciona a los bancos con «cláusulas suelo»

Las «cláusulas suelo» son aquellas que impiden que un préstamo hipotecario tenga un interés menor que un valor concreto pese a que el índice de referencia y su «diferencial» indiquen una cosa distinta.

Suelen ir acompañadas de otras «cláusulas techo» que impedirían, si la coyuntura cambia, que el interés del préstamo no supere otro valor límite pese a que ese índice de referencia pueda ascender ilimitadamente.

El problema de las «cláusulas suelo y techo» en los contratos hipotecarios es que, de facto, convierten un préstamos con interés variable en otro con interés fijo; sin que medie consentimiento alguno por una de los partes.

Eso, unido a una nefasta comunicación de las posibles consecuencias de la aplicación de dicha cláusula (o su omisión deliberada), han provocado que cerca del 90% de las demandas judiciales contra las entidades financieras hayan sido falladas a favor del particular y tal cláusula anulada, muchas veces, con carácter retroactivo; computándose las cantidades pagadas de más como amortización del préstamo. Lógicamente, se produce una rebaja importante en el plazo de amortización y en las cuotas que, en su caso, resten por abonar.

Ese aparatoso fracaso en los tribunales no ha hecho reaccionar a la banca (de momento) que se mantiene a la defensiva en cuanto a sus servicios de atención al cliente.

Es obvio que, a día de hoy, la única vía para invalidar las cláusulas de un contrato es la judicial; y ponemos a su disposición nuestros servicios jurídicos para ayudarle.

Pero no cabe duda de que la amenaza de sanciones mucho mayores por parte de la Administración podría provocar un giro en la estrategia de las entidades: una segunda sanción por el mismo caso podría alcanzar los 100.000€ por contrato, al aplicársele el agravante de «mantener una condición abusiva».

Si las entidades no varían el rumbo, estaríamos hablando de una amenaza de 218 millones de euros sólo en Asturias.

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