Las Comunidades de Propietarios están obligadas a presentar el Modelo 347

Las Comunidades de Propietarios y otras entidades de carácter social o «sin ánimo de lucro» que hayan pagado a proveedores de productos o servicios: limpieza, jardinería, seguridad, revisiones, seguros, administración…; cantidades superiores a 3.005€ por perceptor deben declarar a Hacienda estos pagos durante este próximo mes de febrero.

La declaración se realiza a través del Modelo 347 de Hacienda para lo que hace falta un PIN24H o firma electrónica.

Este modelo era obligatorio para todo tipo de entidades de tipo mercantil hasta la campaña del 2013. Con una modificación de 25 de octubre de 2013 se extiende a todo tipo de entidades que hayan realizado compras o pagos por servicios a otras empresas o profesionales.

En él se identifican los pagos realizados, las personas o entidades perceptoras, la fecha y el número de la factura; que posteriormente se cruzarán con las emitidas por estas sociedades o profesionales autónomos en concepto de «cobros».

Quedan excluidas las personas que simplemente sean «arrendadores»; es decir: el propietario de una vivienda o un local de negocio. Pero no las entidades.

En el caso de las entidades, se excluyen los conceptos de energía eléctrica, agua y combustibles «siempre y cuando su destino sea un consumo comunitario». Es decir: no se declararán las facturas emitidas por el gas ciudad o la electricidad de las zonas comunes.

La medida se enmarca en el cerco al dinero negro que (dicen) se puede mover en torno a este tipo de servicios y suministros a este tipo de entidades.

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