Renta 2013: ¿vale mi borrador?

El borrador de la Renta 2013 es una manera cómoda y ágil de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas.

Lo elabora Hacienda con los datos de los que dispone en base a la información que sobre los rendimientos de ese declarante le han enviado empresas y entidades: pagos, retenciones por nóminas, por intereses bancarios, ingresos a cuenta por alquiler de inmuebles, etc.

La pueden solicitar y confirmar los contribuyentes que cumplan una serie de requisitos:

  • Contibuyentes que hayan percibido sólo por:
    • Rentas de trabajo
    • Capital mobiliario sujeto a retención e ingreso a cuenta
    • Ganancias patrimoniales sometidas a retención e ingreso a cuenta
    • Rentas inmobiliarias que procedan, como máximo, de ocho inmuebles
    • Ganancias patrimoniales procedentes de entidades en régimen de atribución de rentas: Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles…

Hay muchas cosas que pueden impedir a un contribuyente solicitar ese borrador:

  • Actividades por cuenta propia
  • Alquileres de vivienda
  • Venta de acciones
  • Cualquier cosa que impute rentas cuya cuantía no haya sido declarada y cuya liquidación presentada

Mucho cuidado, además, porque es posible que Hacienda tenga preparado ese borrador y, por concurrir alguna circunstancia sin que Hacienda tenga notificación, la confirmación del borrador no sea válida a efectos de liquidar el impuesto sobre la Renta; un caso conocido es el de los pensionistas que percibían jubilaciones del extranjero.

Es el contribuyente el que certifica con su firma o con la confirmación del borrador la veracidad y exactitud de los datos declarados.

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